MATRIMONIO HOMOSEXUAL, MATRIMONIO IGUALITARIO O MATRIMONIO GAY

El término homosexual fue creado por Karl-María Kertbeny en el siglo XIX, pero la historia de las parejas del mismo sexo, al igual que la homosexualidad en si, se basa a los inicios de la humanidad. La actitud de la sociedad hacia las parejas del mismo sexo y las uniones formales de parejas del mismo sexo y las uniones formales de parejas del mismo sexo difiere en función de los tiempos y lugares desde la plena aceptación e integración , pasando por una tolerancia neutral, hasta el rechazo, a discriminación, la persecución y el exterminio.

La homosexualidad está ampliamente presente en la naturaleza, incluyendo, entre otros, a los primates no humanos . la evidencia más antigua de la homosexualidad data de la Italia prehistórica.

El matrimonio entre personas del mismo sexo, también conocido como matrimonio homosexual, matrimonio igualitario o matrimonio gay, reconoce legal o socialmente un matrimonio formado por contrayentes del mismo sexo biológico o legalmente reconocido.



El 17 de mayo del 2016 el presidente de México, Enrique Peña Nieto, propuso un  "matrimonio sin discriminación", el matrimonio entre personas del mismo sexo  se podría realizar en todas las entidades federativas que integran el país.

En México, la regulación del matrimonio es materia de los códigos civiles de cada entidad federativa. La primera entidad federativa en modificar su código civil para reconocer el matrimonio entre parejas del mismo sexo fue el Distrito Federal, que en 2009 se convirtió en la primera jurisdicción de América Latina en hacerlo.

En 2014, Coahuila se convirtió en la tercera entidad federativa de México en reconocer el matrimonio igualitario. Cuando tuvo lugar la modificación del Código Civil para el Distrito Federal en 2009, diversos grupos políticos y gobiernos de los estados gobernados por el PAN interpusieron juicios de controversia constitucional, solicitando desechar la reforma en el código capitalino. 

Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró que la reforma fue constitucional, y añadió que todos los estados y entidades de gobierno deberían a partir de entonces reconocer la validez de las uniones del mismo sexo realizadas en el Distrito Federal, creando condiciones para que estas parejas pudieran acceder a los mismos derechos que los matrimonios heterosexuales.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos declaró por unanimidad que el matrimonio entre personas del mismo sexo no es un derecho, argumentando que en el articulo 12 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales se estipula que el matrimonio es una unión conformada por un hombre y una mujer, y que por tanto los países firmantes del convenio no tienen la obligación de abrir el matrimonio a las personas del mismo sexo. A su vez, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos considera que el matrimonio es un derecho que asiste a todas las personas con independencia de su orientación sexual. Diversas organizaciones de defensa de los derechos humanos trabajan para ver reconocido este derecho. Este apoyo se basa en el argumento de la igualdad ante la ley de todos los ciudadanos, así como en los problemas de salud física y mental que puede acarrear a las parejas del mismo sexo la prohibición del acceso al matrimonio. Además el reconocimiento de los matrimonios entre personas del mismo sexo permite la normalización de las relaciones LGBT.
  



 En 2011, en el estado de Quintana Roo se celebraron las primeras bodas gay de la entidad, aprovechando la ausencia de una definición restrictiva del matrimonio como institución heterosexual en el Código Civil.

Posteriormente, a partir de 2013 parejas del mismo sexo en varias entidades promovieron juicios de amparo para que los registros civiles reconocieran sus matrimonios. En 2014, el Registro Civil de  Colima, reconoció el matrimonio de una pareja del mismo sexo que no requirió acudir a un amparo. De acuerdo con la alcaldesa del lugar, el criterio que se siguió fueron las normas internacionales y el principio de no discriminación de la Constitución mexicana.

El 12 de junio de 2015, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dictó la Tesis Jurisprudencial, retomando la resolución de cinco juicios de amparo promovidos por parejas del mismo sexo entre 2013 y 2015. Esta jurisprudencia sienta las bases para el reconocimiento del matrimonio igualitario en todo México. En esta resolución se declara que:
Pretender vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales de quienes pueden acceder a la institución matrimonial con la procreación es discriminatorio, pues excluye injustificadamente del acceso al matrimonio a las parejas homosexuales que están situadas en condiciones similares a las parejas heterosexuales. La distinción es discriminatoria porque las preferencias sexuales no constituyen un aspecto relevante para hacer la distinción en relación con el fin constitucionalmente imperioso. Como la finalidad del matrimonio no es la procreación, no tiene razón justificada que la unión matrimonial sea heterosexual, ni que se enuncie como "entre un solo hombre y una sola mujer".
Por lo que las parejas del mismo sexo pueden acceder al matrimonio en todo el país.

 El 17 de diciembre de 2015 el Congreso local del estado de Nayarit aprobó con una votación de 26 a favor, una abstención y un voto en contra el matrimonio igualitario. Con ello, las parejas del mismo sexo que deseen contraer matrimonio legalmente podrán hacerlo sin necesidad de contar con un amparo. Y el 27 de enero de 2016 se legaliza el matrimonio igualitario para el estado de Jalisco, al acatarse la sentencia de la corte suprema que invalidaba los artículos del código civil del estado que señalaban que solo podían contraer matrimonio un hombre con una mujer.
Quienes apoyan el matrimonio entre personas del mismo sexo atribuyen el rechazo a este a la homofobia, especialmente por parte de la Iglesia Católica y otros credos cristianos, o al heterosexismo, y establecen comparaciones entre las prohibiciones al matrimonio entre personas del mismo sexo y las antiguas prohibiciones al matrimonio interracial.